Todas las empresas deberán liquidar este impuesto periódicamente La gran mayoría lo hace de forma trimestral, aunque las empresas con gran volumen de operaciones pueden hacerlo de forma mensual.
La liquidación del IVA consiste en restarle al IVA devengado todo el IVA soportado durante el periodo. Si esta diferencia es positiva, deberemos abonar a hacienda el resultado. En cambio si la diferencia es negativa, hacienda nos deberá devolver el importe, o bien, mantener el crédito para el periodo siguiente.
Vamos a ver un sencillo ejemplo.
La empresa XX liquida el IVA mensualmente. En enero realiza 2 compras, una por 5.000€ y la otra por 1.000€. Tambien realiza 3 ventas, por importe de 2.000, 5.000. y 10.000€. A todas las operaciones le corresponde el 21% de IVA. (Para simplificar haremos un asiento para las compras y otro para las ventas).
Por las compras:
5.000 (600) Compras de mercaderías
1.000 (600) Compras de mercaderías
1.050 (472) H.P. Iva Soportado (5000 x 0,21)
210 (472) H.P. Iva Soportado (1000 x 0,21)
a Bancos (572) 7.260
Por las ventas:
20.570 (570) Caja
a Ventas de Mercaderías (700) 2.000
a Ventas de Mercaderías (700) 5.000
a Ventas de Mercaderías (700) 10.000
a H.P. Iva Repercutido (477) 420 (2000 x 0,21)
a H.P. Iva Repercutido (477) 1.050 (5000 x 0,21)
a H.P. Iva Repercutido (477) 2.100 (10000 x 0,21)
Para la liquidación, normalmente hasta el día 20 del siguiente mes de terminar el periodo.
3.570 (477) H.P. Iva Repercutido
a H.P. Iva Soportado (472) 1.260
a H.P. acreedora por IVA (4750) 2.310
Quedando el pago pendiente.
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